Cumplimiento PLAFT
para Inmobiliarias
El sector inmobiliario en Perú es uno de los vectores favoritos para el lavado de activos. El Decreto Legislativo N° 1249 te convierte en sujeto obligado. Una transacción sin controles puede hacerte cómplice de un delito grave.
Transacciones de alto valor en soles y dólares
Compradores extranjeros sin trazabilidad
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Los riesgos que enfrentas
Estos son los dolores más comunes que vemos en el sector de Inmobiliarias.
Transacciones de alto valor en soles y dólares
La compraventa de inmuebles involucra montos elevados que atraen operaciones de lavado de activos en Lima, Arequipa y otras ciudades.
Compradores extranjeros sin trazabilidad
Los compradores no residentes requieren debida diligencia reforzada y verificación de origen de fondos según la UIF-Perú.
Beneficiario real oculto en empresas
Las SAC, SRL y fideicomisos pueden ocultar al verdadero dueño del dinero. La UIF-Perú exige identificar al beneficiario final.
Sin programa PLAFT documentado
La mayoría de agencias inmobiliarias en Perú no tiene un Oficial de Cumplimiento ni evidencia de controles para presentar ante la UIF-Perú.
Cómo resolvemos tus retos de cumplimiento
KYC por operación inmobiliaria
Expediente digital del comprador con documentación exigida por el D. Leg. N° 1249 y alertas de completitud.
Verificación de origen de fondos
Flujo guiado para documentar la trazabilidad del dinero en cada compraventa según estándares UIF-Perú.
Identificación de beneficiario real
Herramientas para identificar al beneficiario final detrás de personas jurídicas, cumpliendo el D. Leg. N° 1249.
ROS automatizados a UIF-Perú
Generación automática de Reportes de Operaciones Sospechosas a la UIF-Perú dentro del plazo reglamentario.
Las normas que te obligan hoy
Regulación vigente en Perú aplicable a Inmobiliarias.
Decreto Legislativo N° 1249
Incorpora a los agentes inmobiliarios como sujetos obligados al PLAFT en Perú. Establece obligaciones de identificación del cliente, verificación del origen de fondos en transacciones de bienes raíces y reporte a la UIF-Perú.
Ley N° 27693 — Sujetos Obligados
Marco general de la UIF-Perú. Define las obligaciones base que aplican a los agentes inmobiliarios: registro de operaciones, expedientes de clientes, capacitación anual y nombramiento de Oficial de Cumplimiento.
Recomendación 22 GAFI — APNFD
Las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD) como los agentes inmobiliarios están sujetas a las recomendaciones GAFI. Perú implementa estas recomendaciones a través del D. Leg. 1249.
Guía UIF-Perú — Sector Inmobiliario
La UIF-Perú ha publicado guías de señales de alerta específicas: precios fuera de mercado, múltiples intermediarios, pagos en efectivo o de terceros, compradores con identidades inconsistentes.
D. Leg. N° 1106 — Lavado a través de inmuebles
La compraventa de inmuebles es explícitamente mencionada como tipología de lavado en el D. Leg. 1106. El agente inmobiliario que facilite una operación de lavado sin controles debidos puede ser imputado como cómplice.
Cómo funciona en tu sector
Del primer contacto al cumplimiento activo, en 5 pasos.
Apertura del expediente del cliente
Al iniciar el proceso con un potencial comprador, el sistema crea su expediente: identidad, actividad económica, dirección y primera evaluación de riesgo (local/extranjero, persona natural/jurídica, monto aproximado).
Verificación de identidad y listas
Consulta automática de OFAC, ONU y PEPs para el comprador y, en caso de persona jurídica, para todos sus representantes legales y accionistas mayoritarios identificados.
Documentación del origen de fondos
El sistema guía al agente para solicitar y registrar la documentación del origen de fondos: estados de cuenta bancarios, declaraciones de renta, escrituras de venta de activos previos o cartas del banco acreditante.
Evaluación de señales de alerta
Antes de concretar la operación, el sistema verifica si existen señales de alerta: precio fuera de rango de mercado, pagos de terceros, urgencia inusual, compradores que no conocen el inmueble.
Cierre y archivo del expediente
Al cerrar la operación, el expediente queda archivado digitalmente con toda la documentación, listo para presentar en cualquier supervisión de la UIF-Perú y conservado por el plazo legal exigido.